email

  • La Fundación
  • Corte de Mediación
  • Descarga de documentos
  • Contacto



Ámbitos de la mediación

La mediación es un modelo de solución de conflictos que, mediante la intervención de un “tercero” neutral e imparcial, ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, a conocer las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolver aquéllas.

La mediación constituye un cauce complementario de resolución de conflictos. Es una fórmula válida y aceptada en el Estado de Derecho que se ajusta a una nueva concepción de la Justicia, al tiempo que constituye una pieza relevante de la modernización de la Administración de Justicia.

Los caracteres principales del proceso de mediación son:

  • La voluntariedad de las partes.
  • Igualdad de las partes.
  • La imparcialidad del mediador.
  • La neutralidad.
  • La confidencialidad del procedimiento.Si el proceso de mediación finaliza con el acuerdo de las partes, este puede elevarse a escritura pública ante Notario. El notario comprobará que el acuerdo se ajusta a derecho, es decir, que no es contrario a las leyes. Este acuerdo tiene el carácter de título ejecutivo y las partes deben respetarlo.

Las principales ventajas que la mediación supone para las partes la utilización de estas herramientas alternativas son, en comparación con un procedimiento judicial, la rapidez, la eficacia y el menor coste emocional y económico.

Según la Ley 5/2012 de 6 de julio, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles se aplica la mediación en «asuntos civiles o mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos, siempre que no afecten a derechos y obligaciones que no estén a disposición de las partes». Aplicado a la vida ordinaria, lo que esto significa es que podemos utilizar la mediación siempre que exista un conflicto entre individuos, entre individuos y empresas, entre grupos de personas, en una comunidad, etc.

Son muy diversos los ámbitos de la mediación en los que se está proyectando satisfactoriamente su potencialidad pacificadora de conflictos, como herramienta complementaria a las soluciones tradicionales:

  • La mediación civil, utilizada principalmente en la esfera familiar, también puede aplicarse con éxito en desacuerdos sobre contratos, relaciones de carácter mercantil, en el ámbito del consumo y en el de la propiedad horizontal.
  • En la mediación penal, víctima e infractor, a través de un proceso de diálogo y comunicación confidencial, conducido y dirigido por un mediador imparcial, se reconocen capacidad para participar en la resolución del conflicto derivado del delito.

Y así, a título de ejemplo, entre otros, los ámbitos de la mediación son los siguientes:

  • Mediación familiar: Es la mediación que se aplica casos de nulidad, separación y divorcio.
  • Mediación comunitaria: Trata conflictos en el contexto de las relaciones sociales o conflictos vecinales.
  • Mediación escolar: Trata la resolución de problemas entre lumnos, entre estos y el profesorado, o entre estos últimos y los padres.
  • Mediación intrajudicial: Es aquella que parte de un procedimiento judicial en que el Juez propone la interrupción del proceso para aconsejar a las partes acudir a la mediación para resolver el litigio.
  • Mediación deportiva: Se encarga de gestionar los conflictos en organizaciones deportivas, en las relaciones entre estas y los deportistas o en competiciones.
  • Mediación sanitaria: Trabaja el conflicto en instituciones sanitarias entre el personal médico, este y el personal no sanitario o en relación con los pacientes.
  • Mediación mercantil: Trata las divergencias que encuentran los profesionales y las empresas en relación con su actividad económica. Tiene relación con la mediación concursal que seguidamente se citará.
  • Mediación hipotecaria: Es aquel proceso autocompositivo de resolución de controversias, en el que, con la intervención de un tercero, el deudor y el acreedor hipotecarios intentan alcanzar un acuerdo que permita al primero continuar haciendo frente al pago del préstamo o paliar el sobreendeudamiento e intentando preservar el uso por el deudor de la vivienda habitual.
  • Mediación intercultural: Facilita el entendimiento entre la población autóctona y la inmigrante para garantizar la convivencia.
  • Mediación concursal: La Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, ha introducido una nueva figura, la del denominado mediador concursal, que se inserta en dos coordenadas de referencia. En primer lugar es de obligada presencia ante la solicitud, por parte el interesado, deudor, de intentar un acuerdo extrajudicial pagos y, en segundo lugar, se configura a partir de una posible doble función, la del mediador especializado, dentro de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación y la del posible administrador concursal ante, en su caso, el nuevo instituto del concurso consecutivo del 242 de la Ley Concursal.

En conclusión, el abanico y las posibilidades de aplicación son tan amplios como extensos los campos y las situaciones en las que se pueden producir diferencia de opiniones, controversias, disputas, conflictos o enfrentamientos.


Calle Pascual y Genís, 21
46002 – Valencia
Tlf.: +34 963514553
Fax: +34 960665388
Email: info@fundacionsolutiolitis.org
Web: www.fundacionsolutiolitis.org


Calle Pascual y Genís, 21
46002 – Valencia
Tlf.: +34 963514553
Fax: +34 960665388
Email: info@fundacionsolutiolitis.org
Web: www.fundacionsolutiolitis.org

Directorio de Guía profesional
  • • Ámbitos de la mediación
  • • Arbitraje
  • • Colegio Notarial de Valencia
  • • Soluciones extrajudiciales
  • • Fundación notarial
  • • Mediación judicial
  • • Qué son los mediadores
  • • Solutio Litis
  • • Abogados

Aviso Legal | Política de Cookies | Política de privacidad
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación.
Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Puede cambiar la configuración u obtener más información. Leer más
Privacy & Cookies Policy

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR